AFIP - Home
   
  Inicio
  Institucional
  Biblioteca electrónica
  Credencial Virtual
  Glosario Fiscal y Aduanero
  Reclamos y Sugerencias
   
   
  Reportenos su error de visualización  
Acceda con Clave Fiscal
CUIT / CUIL / CDI:
Obtenga su Clave Fiscal

  ¿Qué busco?
   
  Agenda de Vencimientos
  Centros de Servicios
  Constancia de Inscripción
  Descarga de Aplicativos
  Dependencias AFIP
  Formularios
  Guía de trámites básicos

ingrese una palabra clave:
Futuros Contribuyentes
Contribuyentes Régimen
General
Monotributistas
Aduana / Customs
Empleados / Empleadores
Guía de Servicios
 




La Dirección General de Aduanas es un órgano que integra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y tiene a su cargo la aplicación de la legislación relativa a la importación y exportación de mercaderías, como así también el control del tráfico de los bienes que ingresan o egresan en el territorio aduanero.

Su función principal es valorar, clasificar, verificar y controlar la entrada y salida de mercaderías, como así también los medios en que son transportadas, asegurando el cumplimiento de las disposiciones vigentes.

Además, la Aduana colabora en el resguardo de intereses del Estado, tales como la seguridad nacional, la economía, la salud pública y el medio ambiente, vedando el flujo de mercaderías peligrosas o ilegales.

También fomenta la cultura del cumplimiento voluntario por parte de los usuarios.

Las estrategias principales de la Aduana se vinculan con la facilitación y potenciación del comercio exterior y la verificación oportuna, a través de la sistematización y actualización permanente del servicio, dentro del contexto de una nueva gestión pública.

Si desea conocer mayor información acerca de la Aduana, ingrese aquí.






























Bienes Culturales
Se llama “bienes culturales” a los objetos materiales y tangibles que, ya sea por su significación histórica, artística, religiosa, arqueológica, arquitectónica, científica, etc., denotan un valor cultural. Pueden considerarse bienes culturales las antigüedades, las obras de arte y los fósiles, entre otros.

Importación y exportación de Bienes Culturales
El procedimiento para importar o exportar bienes culturales adquiere distintas características según se trate de particulares o operadores de comercio exterior.

 
Particulares
Importación por Particulares:
En el caso de particulares que quieran importar bienes culturales, deberán tener en cuenta que

a) El trámite ante la Aduana se inicia en la División Registro mediante la presentación de la "Solicitud Particular" que, en caso de estar correctamente realizada será autorizará por la mencionada División.
b) Luego se procederá a la verificación de la mercadería
c) En caso de corresponder, se deberá realizar el pago de tributación aduanera y pago de almacenaje en TCA
d) Por último, la División Resguardo dará a la mercadería salida a plaza.

Cuando los particulares quieran exportar bienes culturales , deberán realizar un trámite muy similar al de importación, con la diferencia de que la intervención de la División Resguardo se referirá a la puesta a bordo de la mercadería.

[ arriba ]
 
Bienes Prohibidos
Son considerados bienes prohibidos de transportar a través de las fronteras argentinas los que se detallan a continuación:

a) explosivos, inflamables y estupefacientes;

b) municiones, armas de fuego o sus partes, excepto si cuenten con autorización del Registro Nacional de Armas (RENAR), sin perjuicio de las propias regulaciones y restricciones internacionales de seguridad en la aeronavegación; c) repuestos de automotores y otros;

d) respecto de la introducción de productos alimenticios, se encuentra prohibido importar por este régimen las mercaderías de origen animal y vegetal que se encuentren sujetas a la intervención sanitaria (SENASA-INAL) y/o fitosanitaria (IASCAV);

e) mercadería prohibida por razones de seguridad pública, defensa nacional, salud pública, sanidad animal o vegetal, protección al patrimonio artístico, histórico, arqueológico, paleontológico o científico o conservación de las especies animales o vegetales; salvo que cuente con una autorización expresa emitida por autoridad competente.
[ arriba ]



  Importadores y exportadores:
Importadores:
Para importar un bien cultural, el importador debe:

a) Oficializar a través del Sistema Informático María la correspondiente destinación Aduanera.
b) Presentar el despacho en la División Verificación. Según el canal que corresponda, la mercadería podrá ser verificada
c) Pagar el almacenaje y retiro a plaza a través de la División Resguardo.

Exportadores:
Los exportadores que deseen exportar bienes culturales , deberán:

a) Oficializa a través del Sistema Informático María la correspondiente destinación.
b) Ingresar la mercadería a la Bodega de Exportación y presentar el Permiso de Embarque en la División Resguardo.
c) Verificar la mercadería.
d) Pagar el almacenaje y puesta a bordo, con intervención de la División Resguardo.

Importante: En exportación corresponde realizar la presentación previa del Certificado extendido por la Dirección de Artes Visuales de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación. En caso de ser necesario se solicita la intervención del Banco Ciudad en la tasación de las piezas a exportar.
Si se tratara de bienes arqueológicos, el certificado será emitido por el Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento Latinoamericano, de acuerdo a lo previsto en la Ley 25743, Decreto 1022/04 y Resolución 2272/04 de la Secretaría de Cultura.

[ arriba ]
 
Bienes Prohibidos
Son considerados bienes prohibidos de transportar a través de las fronteras argentinas los que se detallan a continuación:

a) explosivos, inflamables y estupefacientes;

b) municiones, armas de fuego o sus partes, excepto si cuenten con autorización del Registro Nacional de Armas (RENAR), sin perjuicio de las propias regulaciones y restricciones internacionales de seguridad en la aeronavegación; c) repuestos de automotores y otros;

d) respecto de la introducción de productos alimenticios, se encuentra prohibido importar por este régimen las mercaderías de origen animal y vegetal que se encuentren sujetas a la intervención sanitaria (SENASA-INAL) y/o fitosanitaria (IASCAV);

e) mercadería prohibida por razones de seguridad pública, defensa nacional, salud pública, sanidad animal o vegetal, protección al patrimonio artístico, histórico, arqueológico, paleontológico o científico o conservación de las especies animales o vegetales; salvo que cuente con una autorización expresa emitida por autoridad competente.
[ arriba ]



Tráfico Vecinal Fronterizo (TVF)
Tráfico Vecinal Fronterizo es el régimen que de acuerdo a compromisos internacionales asumidos permite el intercambio de mercancías destinadas al uso o consumo doméstico entre las poblaciones fronterizas, libre de formalidades y del pago de impuestos aduaneros.
 
[ arriba ]
 
 
 
 
Agentes de Transporte Aduanero (ATA) / Transportistas
Agente de Carga Internacional, también denominado "Transportista", es quien realiza y recibe los embarques; consolida y desconsolida la carga y, también, actúa como operador de transporte multimodal.
Además de auxiliares del comercio, son auxiliares del servicio aduanero. Pueden ser agentes de carga internacional las personas de existencia visible o ideal
Requisitos para personas de existencia visible:
Ser mayor de edad, tener capacidad para ejercer por sí mismo el comercio y estar inscripto como comerciante en el
  Registro Público de Comercio.
Haber aprobado estudios secundarios completos y acreditar conocimientos específicos en la materia en la forma
  que a tal fin se estableciera.
Acreditar domicilio real y constituir domicilio especial en el radio urbano de la aduana en la que hubiere de ejercer su actividad.
Acreditar la solvencia necesaria y otorgar a favor de la Dirección General de Aduanas una garantía, en seguridad del fiel
  cumplimiento de sus obligaciones, de conformidad con lo que determine la reglamentación.
No encontrarse alcanzados por alguno de los supuestos previstos en el artículo 58, de la Ley 22.415.
 
Requisitos para personas de existencia ideal:
 
Estar inscriptas en el Registro Público de Comercio y presentar sus contratos sociales.
Acreditar la dirección de la sede social y constituir domicilio especial en la jurisdicción que corresponda a la aduana
  donde ejercerá su actividad.
Acreditar la solvencia necesaria y otorgar a favor de la Dirección General de Aduanas una garantía, en seguridad del fiel
  cumplimiento de sus obligaciones, de conformidad con lo que determine la reglamentación.
Designar el/los apoderados generales que actuarán en su representación ante el servicio.
No encontrarse alcanzados por alguno de los supuestos previstos en el artículo 58, de la Ley 22.415.
 
[ arriba ]
 
 
 
 
Operador de contenedores
Las personas naturales o jurídicas que deseen actuar como operadores de contenedores, deberán obtener su ingreso ante la Aduana para incorporarse al sistema.
Cuando su solicitud es aceptada, se autoriza al operador para que actúe ante el Servicio y a su vez se le indica la cantidad de contenedores autorizados y la identificación y tipo de los contenedores.
 
[ arriba ]
 
 
 
Permisionarios de depósitos fiscales
Se considera depósito fiscal a los locales, instalaciones y plazoletas para el almacenamiento de mercaderías en general, los cuales son habilitados por la Aduana para la realización de operaciones aduaneras dentro de un predio determinado.
El/los permisionario/s son los únicos habilitados para la administración y explotación del lugar autorizado, pudiendo contratar los servicios necesarios a tal efecto
Cuando los permisionarios son personas de existencia ideal, el objeto social de las mismas deberá involucrar el desempeño de la actividad comercial de depositario cuando se trate de depósitos generales.
Las condiciones en las cuales son almacenadas las mercaderías en los depósitos habilitados deben ajustarse a lo establecido expresamente por la autoridad municipal o equivalente en la constancia de habilitación que extienda a tal efecto.
Depósitos Fiscales de Interior
   
 
[ arriba ]
 
 
 
 
Permisionarios de Servicios Postales (PSP) / Courier
El Tráfico Postal Internacional y los Correos Rápidos operan bajo el régimen particular por el que se realiza la importación o exportación a consumo de los envíos o paquetes postales cuyo valor CIF o FOB no exceda el límite que se establece en el reglamento de la ley.
Transportados por cualquier clase de correo, incluidos los denominados correos rápidos, estos envíos se despacharán por la Aduana mediante formalidades simplificadas. Los envíos o paquetes que excedan el límite establecido, se sujetarán a las normas aduaneras generales.
 
[ arriba ]
 
 
 
 
Proveedores de a bordo
El proveedor de a bordo embarca la mercadería en el denominado puerto de embarque predeterminado. Debe afrontar el transporte de la mercadería hasta el puerto de embarque (origen), corriendo por su cuenta y orden los riesgos y gastos
 
[ arriba ]
 
 
 
 
Tripulantes
El tripulante es un viajero que, a bordo de un buque o aeronave, realiza actividades directamente vinculadas con la dirección, administración, mantenimiento y los servicios de la misma.
 
[ arriba ]
 
 
 
 
Terminales aeroportuarias
Las terminales aeroportuarias son los sitios donde se realiza el intercambio aéreo, tanto de pasajeros como de carga.
 
[ arriba ]
 
 
 
 
Entidades certificadoras de origen
Una entidad certificadora de origen es una empresa u organismo acreditado por una entidad oficial para auditar y certificar según diversas normas (ISO 27000, ISO 9000, ISO 14000, etc.)
El organismo oficial competente acredita a las entidades certificadoras como aptas para certificar según diversas normas. Suele haber una entidad certificadora por país. Algunos ejemplos de entidades de acreditación son: OAA (Argentina), ENAC (España), UKAS (Reino Unido), EMA (México), etc.
 
Manual de Procedimientos para la Consulta de Entidades Certificantes (Versión 1.0)
 
[ arriba ]
 
 
 
Subastas
Sr. Ciudadano:

Ante la aparición de personas que ofrecen mercaderías a la venta en nombre de la Aduana, la AFIP le recuerda cual es la única modalidad con la que el Organismo realiza remates y/o subastas:

La ley establece que algunas mercaderías que quedan bajo la custodia de la Aduana deben ser comercializadas en remates o subastas.

Para ello, la Aduana contrata los servicios de Entidades Bancarias autorizadas; nunca lo hace por su cuenta.

Las Entidades Bancarias publican un catálogo con el detalle de las mercaderías que integran los lotes a subastar y las condiciones generales de cada operación.

La Aduana tampoco realiza ventas directas a personas, comercios, empresas ni instituciones; todas las mercaderías se comercializan por medio de las subastas públicas que efectúan los bancos contratados.

Ante cualquier duda, comuníquese con el Centro de Información Telefónica de la AFIP:
0810-999-2347 (AFIP) de lunes a viernes, de 08 a 20.
 
[ arriba ]
 
Subastas y fechas
Si desea consultar las fechas y lugares de las subastas vigentes o próximas a realizar, diríjase a los siguientes teléfonos:
 
Sección Rezagos y Secuestros - Aeropuerto Internacional de Ezeiza
011-4480-9409
 
División Rezago y Comercialización Aduana Buenos Aires
Subastas a realizar en la Ciudad de Buenos Aires
011-4338-6613 / 14 / 15
 
Dirección Regional Aduanera La Plata
Subastas a realizar en las Provincias de: Buenos Aires, La Pampa y Río Negro
02221-423-6283 al 85
 
Dirección Regional Aduanera Rosario
Subastas a realizar en las Provincias de: Santa Fe y Entre Ríos
0341-437-2364
 
Dirección Regional Aduanera Posadas
Subastas a realizar en las Provincias de: Corrientes, Misiones, Chaco y Formosa
03752-421-265
 
Dirección Regional Aduanera Córdoba
Subastas a realizar en las Provincias de: Córdoba, La Rioja, Catamarca, Tucumán, Santiago del Estero, Jujuy y Salta
0351-427-0956 / 57
 
Dirección Regional Aduanera Mendoza
Subastas a realizar en las Provincias de: Mendoza, San Juan, San Luis, Neuquén, Río Negro y Chubut
0261-4239-742 / 722
 
Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia
Subastas a realizar en las Provincias de: Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego
0297-446 -1413 (int. 2748)
 
[ arriba ]
 
 
 
 
Acerca de la Aduana
La Dirección General de Aduanas es un órgano que integra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y tiene a su cargo la aplicación de la legislación relativa a la importación y exportación de mercaderías, como así también el control del tráfico de los bienes que ingresan o egresan en el territorio aduanero.
Su función principal es valorar, clasificar, verificar y controlar la entrada y salida de mercaderías, como así también los medios en que son transportadas, asegurando el cumplimiento de las disposiciones vigentes.
Además, la Aduana colabora en el resguardo de intereses del Estado, tales como la seguridad nacional, la economía nacional, la salud pública y el medio ambiente, vedando el flujo de mercaderías peligrosas o ilegales.
También fomenta la cultura del cumplimiento voluntario por parte de los usuarios.
Las estrategias principales de la Aduana se vinculan con la facilitación y potenciación del comercio exterior y la verificación oportuna, a través de la sistematización y actualización permanente del Servicio, dentro del contexto de una nueva gestión pública.
 
[ arriba ]
 
Misión:
La Dirección General de Aduanas es la autoridad competente en la aplicación de la legislación que regula el despacho aduanero, así como los sistemas, métodos y procedimientos a que deben sujetarse las aduanas. Entre otras cosas, la Aduana debe
 
intervenir en el estudio y formulación de los proyectos de aranceles, cuotas compensatorias y demás medidas de regulación y
restricción del comercio exterior;
dar cumplimiento a los acuerdos y convenios que se celebren en materia aduanera;
realizar el seguimiento y control de la operatoria de comercio exterior de los distintos operadores que actúan en todo el país a
través de las distintas Aduanas;
controlar que el ingreso y egreso de mercaderías, pasajeros y medios de transporte se realice de acuerdo a lo establecido
en el Código Aduanero y el  MERCOSUR; 
procurar el cumplimiento de los derechos aduaneros y
ejercer los mecanismos de control que prevean y eviten la comisión de delitos como el contrabando, tráfico de armas y de
narcóticos. 
 
[ arriba ]
 
Objetivos:
procurar el cumplimiento de los derechos aduaneros y
ejercer los mecanismos de control que prevean y eviten la comisión de delitos como el contrabando, tráfico de armas y de narcóticos.
Coordinar, realizar y supervisar las tareas inherentes a la investigación, selección, fiscalización y control de los operadores y/o
responsables de todo el país, con el fin de efectuar el seguimiento de la operatoria individual de cada uno de ellos y de supervisar
el grado de cumplimiento de sus obligaciones aduaneras
Controlar el ingreso y egreso de medios de transporte, mercadería y pasajeros.
 
[ arriba ]
 
Metas:
Son metas de la Dirección General de Aduanas:
 
Disminuir la comisión de delitos y procurar el cumplimiento voluntario de las obligaciones aduaneras por parte de los operadores y
usuarios aduaneros.
Modernizar el sistema aduanero, integrando los procesos que permiten fortalecer el servicio e introduciendo tecnología de punta.
Combatir el contrabando mediante la detección oportuna, la solución de irregularidades y la aplicación de controles más estrictos.
Transparentar y mejorar la imagen del servicio aduanero a través de la continua profesionalización del personal y la difusión de los
procesos para ofrecer al usuario un servicio íntegro.
 
[ arriba ]
 
Estrategias:
La Dirección General de Aduanas se encuentra realizando un proceso de informatización a través del cual busca incrementar el cumplimiento voluntario de las obligaciones aduaneras con el fin de facilitar a sus usuarios los distintos trámites que se realizan en todo el país.
La informatización permite maximizar el seguimiento y control de las diferentes operatorias, tanto se trate de lo físico como de lo documental.
 
[ arriba ]
 
Funcionamiento:
La Dirección General de Aduanas depende de la Administración Federal de Ingresos Públicos y de esta Dirección General dependen cuatro Subdirecciones: Técnico Legal Aduanera, Control Aduanero, Operaciones Aduaneras Metropolitanas de la que depende la Aduana Buenos Aires y la Aduana Ezeiza; y Operaciones Aduaneras del Interior, de la que dependen todas las Direcciones Regionales Aduaneras.
Las Subdirecciones de Operaciones Aduaneras Metropolitanas y del Interior secundan al Director General de la Dirección General de Aduanas en todo lo relativo a la ejecución y coordinación de las acciones que en materia de aplicación, percepción y fiscalización de tributos aduaneros, de control del comercio exterior así como en el ejercicio del poder de Policía Aduanera, deban realizarse en la jurisdicción que el Administrador Federal de Ingresos Públicos disponga, en concordancia con las políticas, planes, programas y criterios dictados por el mismo con ajuste a las normas legales que regulan la materia de su competencia.
Por su parte, la Subdirección General Legal Técnico Aduanera secunda al Director General de la Dirección General de Aduanas en lo relativo a las cuestiones de naturaleza técnico legal aduanera surgidas de la aplicación, interpretación técnica, percepción y fiscalización de los tributos a cargo de la Dirección General de Aduanas y respecto de las actividades contenciosas aduaneras, en concordancia con las políticas, planes, programas y criterios dictados por el Administrador Federal de Ingresos Públicos.
La Subdirección General de Control Aduanero secunda al Director General de la Dirección General de Aduanas en lo relativo a la formulación de las políticas estratégicas de control aduanero, en la obtención y análisis de información para la definición de los perfiles de riesgo aduanero y en la coordinación de las actividades en las que la Dirección General de Aduanas deba articular su actuación con otros organismos en los aspectos técnico operativos de control aduanero, en concordancia con las políticas, planes, programas y criterios dictados por el Administrador Federal de Ingresos Públicos.
 
[ arriba ]
 
Estructura Organizacional:
 
[ arriba ]
 
Reseña Histórica de la Aduana Argentina
Orígenes
La Aduana Argentina es una de las instituciones más antiguas del país. Se constituyó como una organización varios años antes de que la Argentina misma se conformara como Nación, dado que su comienzo se remonta a los tiempos de la conquista y colonización Española.
Los historiadores consideran que el antecedente más antiguo de la actividad aduanera en tierras del Plata son las disposiciones contenidas en la Cédula Real que el Emperador Carlos V firmó el 19 de julio de 1534 en favor de Don Pedro de Mendoza, autorizándolo a emprender la conquista y "poblar las tierras y provincias que hay en el río de Solís que llaman de La Plata".
Dicha Cédula Real establecía la exención del pago de derechos del 7,5% (almojarifazgo) de todos aquellos bienes que llevaran consigo los colonos siempre y cuando fueran para su uso o consumo personal y no con fines comerciales, dado que, en este último caso, el Tesorero Don Rodrigo de Villalobos, que integraba la expedición de Mendoza, debía formular los cargos correspondientes.
El primer registro oficial que se conserva de una operación data del 1º de junio de 1586 y corresponde al ingreso de mercaderías introducidas por la nave "Nuestra Señora del Rosario", procedente de Santos, Brasil, propiedad de Don Alfonso Vera.
Por aquellos tiempos, Buenos Aires y la región pampeana eran un área marginal cuyos contactos comerciales con el exterior se daban a partir de dos grandes actividades: la exportación de navíos a Brasil (cuyos permisos especiales eran otorgados por las autoridades españolas) y el contrabando.
Durante este período el puerto de Buenos Aires se convirtió en un punto de ingreso -lícito e ilícito- de diversos productos así como de esclavos africanos. Esto motivó la temprana queja de los comerciantes limeños y el establecimiento en 1622 de una "Aduana seca" en la ciudad de Córdoba, trasladada a Jujuy en 1696, que gravaba con un 50% las mercaderías que se dirigían hacia el norte.
Esta situación de relativa marginalidad cambió en la segunda mitad del siglo XVIII a partir de las reformas Borbónicas. En 1776 se creó el Virreinato del Río de la Plata, del que Buenos Aires fue la capital. La creación del Virreinato fomentó las actividades mercantiles en Buenos Aires al permitírsele comerciar con las otras dependencias españolas.
Dos años más tarde, en 1778, la Corona sancionó el Reglamento de Libre Comercio, que eliminó el antiguo monopolio que ejercían otros puertos en su relación con la Península y autorizó a Buenos Aires, entre otros, a comerciar directamente con España. También se reforzó el control de estas actividades con la creación de la Real Aduana de Buenos Aires, organismo encargado de administrar el comercio exterior del Virreinato
Durante muchos años el desarrollo de la actividad aduanera estuvo ligado al lento crecimiento poblacional de la región del Plata que registraba una escasa actividad comercial y en consecuencia una reducida recaudación.
 
[ arriba ]
 
Revolución de Mayo
La Revolución de Mayo impulsó medidas tendientes a asegurar la libertad de comercio sin restricciones, lo que implicó reorganizar las instituciones administrativas y transformar a la Aduana en concordancia con el espíritu revolucionario de la época, que estaba imbuido del liberalismo filosófico y político vigente a comienzo del Siglo XIX.
Los primeros gobiernos patrios se fijaron como objetivos mejorar los servicios aduaneros, combatir el contrabando y aumentar la recaudación, tanto nacional como provincial, dado que existían aduanas interiores. Hacia 1812, las necesidades económicas abrieron el camino a la creación de nuevas aduanas. Así nacieron, por decreto, las aduanas de Mendoza y Corrientes.
Para los mismos años, cada Cabildo de Buenos Aires ejercía el control aduanero. Pero también tenían a su cargo el cobro de impuestos a los habitantes de la ciudad, como las alcabalas y las patentes para ejercer el comercio en la vía pública en vandolas o para circular en carro por la ciudad.
Desde 1826 se sucedieron diversos intentos para unificar las aduanas, pero todos fracasaron. Recién después de la caída de Juan Manuel de Rosas, en el Acuerdo de San Nicolás -firmado en 1852- se determinó que los impuestos de aduana a las importaciones y exportaciones, tendrían carácter nacional y que las mercaderías de origen extranjero podrían transitar libremente de una provincia a otra luego de ser nacionalizadas.
 
[ arriba ]
 
Herencia y consolidación
El origen del sistema de cobro de impuestos aduaneros en la Nación es una herencia del sistema de organización económico español, que se transmitió y adaptó a las necesidades de un nuevo país en formación y que logró consolidarse definitivamente cuando el organización política se afianzó a través de la Constitución y las normas legales que de ella derivan.
Por ser una entidad recaudadora y proveedora de recursos económicos, la Aduana ha tenido una enorme influencia y participación activa en el acontecer histórico de la Nación.
 
[ arriba ]
 
Distintas denominaciones del Organismo a través de los años
1877: Dirección General de Rentas
1931: Dirección General de Aduanas
1947: Administración General de Aduanas y Puertos
1949: Dirección Nacional de Aduanas
1963: Aduana de la Nación
1969: Administración Nacional de Aduanas
1997: Dirección General de Aduanas (*)
 
(*) En 1997, el Decreto 618 dispuso que la Administración Nacional de Aduana (ANA) pasara a ser la Dirección General de Aduanas, organismo integrante de la Administración Federal de Ingresos Públicos.
 
[ arriba ]
 
Bibliografía de consulta
Historia de la Aduana -Servicio de Documentación de la Escuela Aduanera - (Biblioteca de la ANA).
La Aduana: Su origen/Su evolución - Federico Gualberto Garrell - (Editorial I.A.R.A. 1967).
Ley de Aduana - Di Fiori -Di Fiori (Edit. Depalma)
Historia del País de los Argentinos- (Fermín Chavez - (Edit. Theoría)
De la Colonia a la Revolución - Rodolfo Puigrós -(Edit. Sudamericana).
El sueño de Troya - Heinrich A. Stoll -(Edit. Plaza y Janes)
El unitarismo argentino - Carlos S. A. Segreti- (A-Z Editora)
Blason de Plata - Ricardo Rojas - (Edit. Hyspamérica)
Buenos Aires y el País - Félix Luna (Edit. Sudamericana)
El Virreynato del Río de la Plata -Manfred Kossob- (Edit. La pleyade)
El país que se busca asimismo - Rubén F. Mayer (Edit. Claridad)
La historia de la ciudad de Buenos Aires - Rómulo Zabala y Enrique de Gandia-
 
[ arriba ]
 
Autoridades aduaneras a través de la historia
FUNCIONARIOS FECHA DE DESIGNACION
VICE ALTE. (RE) BENJAMIN MOTITAN COLMAN 08/66
CAPITAN DE NAVIO (RE) MARIO ANDRES DURRIEU 04/69
SR JOSE CALIXTO MOHR 06/73
DR. RAUL MARCELO MASOTTA 08/73
CR. JOSE ANDRES BALLOTTA 12/74
SR. NICOLAS LUIS NOVARO 01/75
COMISARIO (R) DR. DOMINGO LOIACONO 10/75
SR. ABEL CONSTANTINO MENENDEZ 03/76
CONTRA. ALTE. CR. HECTOR JULIAN DOMINGUEZ 03/76
CONTRA ALTE. JUAN CARLOS MARTINEZ 03/77
DR. MAURICIO EDUARDO BRAUN 01/83
SR. JORGE ALBERTO SPIRITO 09/83
SR. FRANCISCO CIPRIANO BARREIRO 12/83
CR. JUAN CARLOS DEL CONTE 10/84
LIC. ROLANDO PEPPI 11/88
COMISARIO GRAL. FRANCISCO ANGEL FORNS 07/89
BRIGADIER (RE) RODOLFO ECHEGOYEN 02/90
SR. FUAD, ELIAS 11/90
VICE. ALTE. (RE) JUAN CARLOS MARTINEZ 03/91
LIC. GUSTAVO ANDRES PARINO 07/92
LIC. WALTER PASCUAL DE FORTUNA 07/95
LIC. JUAN CARLOS TOMASETTI 08/96
DRA. MARIA ISABEL FANTELLI 12/96
CR. OSMAR DE VIRGILIO 10/97
EDUARDO JUAN CASSULLO 8/00
SR. MARIO DAS NEVES 1/02
LIC. JOSÉ ALBERTO SBATELLA 5/03
DR. RICARDO DANIEL ECHEGARAY 7/04
 
[ arriba ]
 
 
 
 
Dependencias aduaneras
Conozca aquí la dependencia aduanera más cercana a su ubicación.
 
[ arriba ]
 
 
 
 
Links útiles
Sitios web relacionados con el comercio exterior
 
Organismos públicos nacionales
Administración General del Puerto de Buenos Aires - www.puertobuenosaires.gov.ar
ANMAT - Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica - www.anmat.gov.ar
Argentina TradeNet - www.argentinatradenet.gov.ar
Banco Central de la República Argentina - www.bcra.gov.ar
Banco de la Nación Argentina - www.bna.com.ar
Biblioteca del Congreso de la Nación - www.bcnbib.gov.ar
Comisión Nacional de Energía Atómica - www.cnea.edu.ar
Correo Argentino - www.correoargentino.com.ar
Dirección Nacional de Migraciones - www.migraciones.gov.ar
Instituto Argentino de Normalización y Certificación - www.iram.org.ar
Instituto Nacional de Estadística y Censos - www.indec.gov.ar
Instituto Nacional de Propiedad Industrial - www.inpi.gov.ar
Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria - www.inta.gov.ar
Instituto Nacional de Tecnología Industrial - www.inti.gov.ar