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Su Declaración
Es un sistema informático que permite a los empleadores obtener la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social, confeccionada sobre la base de los datos del período inmediato anterior a aquel que se declara, si existiera, más las novedades registradas en el sistema "Mi Simplificación".
Sujetos comprendidos y Características del sistema:
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La utilización del servicio es obligatoria para: el Empleador, en caso de tener hasta Diez (10) empleados, deberá ingresar a la página web del organismo (www.afip.gob.ar), al servicio "Su Declaración" y prestar conformidad a una declaración jurada ya realizada por esta Administración Federal. Asimismo en el supuesto que incrementen sus nóminas hasta un máximo de VEINTE (20) trabajadores, inclusive, deberán continuar generando las referidas declaraciones juradas mediante el aludido sistema |
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La utilización del servicio es opcional para: el Empleador, que registre más de DIEZ (10) y hasta VEINTE (20) trabajadores. podrán optar entre generar la Declaración Jurada Proforma de Seguridad Social Empleador -Formulario N° 931- a través del servicio con clave fiscal "Su Declaración" o generar el formulario mediante la utilización del aplicativo SICOSS. |
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El procedimiento es simple: La declaración jurada (Formulario N° 931) se generará en forma automática y contempla la información registrada en la presentación del mes anterior, más las altas o bajas de los trabajadores del mes que hayan sido informadas mediante el servicio "Mi Simplificación". Una vez conformada, deberá enviar la declaración jurada a través del sistema por transferencia electrónica de datos. Opcionalmente, el sistema lo conducirá al servicio "Presentación de DDJJ y Pagos", para generar el Volante Electrónico de Pago (VEP). |
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El sistema también permite la modificación de datos: Podrá modificar el importe de la remuneración, los datos de obra social, cónyuge e hijos, etc. |
Vencimientos
Las fechas de vencimiento establecidas para la presentación y el pago de sus declaraciones juradas, podrá consultarlas ingresando a la Agenda de Vencimientos seleccionando "REGÍMENES NACIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL".
Importante
Tenga en cuenta que:
Recuerde que todos los empleadores alcanzados deben utilizar el sistema “Su Declaración” para confeccionar declaraciones juradas (tanto originales como rectificativas), correspondientes a los períodos vencidos de febrero de 2007 y siguientes.
Consulte la Resolución General 2192/07. |
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