|
|
Aduana
[ volver al menú principal ] IV Enmienda al Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (Res GMC 70/06) El 1° de Enero de 2007 entra en vigencia la IV Enmienda realizada al Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías. El Sistema Armonizado (S.A.) es una nomenclatura polivalente de seis dígitos que designa la enumeración descriptiva, ordenada y metódica de mercancías según reglas y criterios técnico-jurídicos. Esta nomenclatura comprende las partidas, subpartidas y los códigos numéricos correspondientes, las notas de las Secciones, de los Capítulos y de las Subpartidas, así como las Reglas Generales para la Interpretación del S.A. La IV Enmienda involucra a:
Características principales de la IV Enmienda:
Ingrese aquí para conocer más detalles sobre la Incorporación del Arancel Externo Común (AEC) basado en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) ajustado a la IV Enmienda del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (Recomendación del 26 de Junio de 2004 del Consejo de Cooperación Aduanera).
Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías Objetivos:
Utilidad del Sistema: Además de satisfacer necesidades de las autoridades aduaneras, el Sistema Armonizado también sirve a los intereses relativos a estadísticas de importación-exportación y de los sectores de transporte y producción. Los distintos Gobiernos utilizan el Sistema Armonizado para:
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||