ANEXO RESOLUCION GENERAL N° 10
T A B L A IX
AMAS DE CASA - AFILIACION VOLUNTARIA.
1. Personas comprendidas: amas de casa que opten por el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones en los términos del punto 5. del inciso b) del artículo 3° de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones, y aquellas que opten por el régimen de la Ley N° 24.828.
2.
| Categoría mínima: | Categoría |
| * Unica | A |
3. Código a indicar en el Formulario N° 560/F, válido para identificar la actividad correspondiente a esta tabla.
| ACTIVIDAD | CODIGO |
| AMAS DE CASA | |
| * Que
opten por el régimen en los términos
de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones, (artículos 3°, inciso b), punto 1.) |
090 |
| * Que opten por el régimen de la Ley N° 24.828 | 960 |