Operación de compra y venta de vehículos automotores y motovehículos usados
Los sujetos que en forma habitual realicen, por cuenta propia o por cuenta y orden de terceros, las operaciones de intermediación y/o compraventa de vehículos automotores y/o motovehículos usados deberán actuar como Agentes de Información. RG 2403/08
Para ello deberán:
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Empadronarse por Internet mediante el servicio con clave fiscal denominado "Registro de Operaciones de Compraventa de Vehículos Automotores y Motovehículos Usados” |
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Informar los domicilios en los cuales se localizarán y/o exhibirán los vehículos. |
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Informar las existencias, altas y bajas de vehículos, entre otros. |
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Informar la baja como sujeto empadronado. |
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Operaciones comprendidas a partir del 1° de Marzo de 2008
Las operaciones de intermediación y/o compraventa en las que el valor del automotor (incluye maquinaria agrícola y vial) resulte igual o mayor a $30.000, y en las que las motos (incluye motonetas y cuatriciclos), sean igual o mayor a $8.000.
Importante:
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Las operaciones en consignación, se podrán dar de alta con carácter provisorio. |
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Los contratos de mandato, consignación u otra forma de instrumentación que cumpla la misma finalidad, podrán ser renovados por única vez en forma automática por igual lapso al originalmente informado. |
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No será necesario informar el traslado de vehículos entre domicilios comerciales de agencias o concesionarias. |
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Se derogó la obligatoriedad de registrar los comprobantes que respaldan las operaciones de intermediación en la compraventa de motos y vehículos usados. |
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Cuando en el transcurso de un mes calendario no se registrare operación alguna, se deberá informarlo en el Régimen bajo el ítem “sin movimiento”. |
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Acceda al ABC de las consultas y respuestas más frecuentes
Acceda a la nónima de las consultas más comunes planteadas por los contribuyentes, usuarios del servicio aduanero y público en general respecto al Régimen de Información de operaciones de compraventa de vehículos automotores y motovehículos usados.
Si la respuesta a su consulta no ha sido encontrada por este medio, podrá comunicarse con el Centro de Información Telefónica al 0810-999-2347 en el horario de 8:00 a 20:00 horas, o enviar un correo electrónico a la Mesa de Ayuda, a la siguiente dirección mayuda@afip.gov.ar
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