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| Sistema de Cuentas Tributarias |
Mediante esta herramienta, aprobada por la Resolución General N° 2406, la Administración Federal de Ingresos Públicos pone al servicio de los contribuyentes y responsables una consulta confiable, precisa y oportuna de la información registrada en los sistemas informáticos, en materia aduanera, impositiva y previsional, facilitando el cumplimiento voluntario de las obligaciones y trámites de los contribuyentes y responsables.
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Se flexibiliza la entrada en vigencia del “Sistema de Cuentas Tributarias”, manteniéndose su obligatoriedad para los contribuyentes de las Agencias Nros. 19 y 20, quienes deberán utilizarlo para los períodos que venzan a partir del 01/07/2008. | 26/06/2008 Ver más |
Objetivo
El Sistema de Cuentas Tributarias surge con el objetivo de brindar y registrar información relativa a los débitos y créditos de los contribuyentes y/o responsables, emergentes de las obligaciones aduaneras, impositivas y previsionales.
A través del mismo también se brinda información sobre:
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los incumplimientos e infracciones a tales obligaciones, |
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las acciones llevadas a cabo por este Organismo ante dichos incumplimientos e infracciones (intimaciones, boletas de deuda, etc.) |
Asimismo se podrán realizar, entre otras, las siguientes transacciones:
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presentar declaraciones juradas y pagos. |
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cancelar los saldos deudores de sus cuentas, |
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disponer de sus saldos de libre disponibilidad a través de solicitudes de compensación, devolución o transferencia, según corresponda. |
Las registraciones, transacciones y acciones a que se refiere el párrafo precedente se encuentran detalladas en el "Manual del Usuario".
Acceso y Nivel de Seguridad Requerido
Para acceder al “Sistema de Cuentas Tributarias” deberá ingresar, a través de nuestra página web www.afip.gov.ar, opción "Clave fiscal", al servicio "Sistema de Cuentas Tributarias".
Para acceder a este Servicio se debe contar con nivel de Seguridad 2 y tener habilitado el servicio “Sistema de Cuentas Tributarias”.
Información de Saldos
Teniendo en cuenta que los sujetos de la relación tributaria revisten el carácter -respecto del Fisco- de deudores por las obligaciones a su cargo y de acreedores por los créditos a su favor, el sistema expondrá tales situaciones en cuentas de activo y pasivo, respectivamente.
Dentro del sistema no se incluye información de las obligaciones de monotributistas y trabajadores autónomos, con respecto a sus aportes personales, los que continuarán operando a través de la "Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos".
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Saldos a Favor del Fisco |
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Los saldos deudores líquidos y exigibles a favor del Fisco que surjan del Sistema de Cuentas Tributarias, se tendrán por conocidos por los contribuyentes y/o responsables, pudiendo, en caso de corresponder, proceder a exigir el pago por la vía pertinente, incluyendo su ejecución fiscal. |
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Saldo a Favor del Responsable |
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Los saldos acreedores de los contribuyentes y/o responsables, incluidos los originados en acreditaciones en cuenta como consecuencia del reconocimiento administrativo de los mismos, sean de libre disponibilidad o de disponibilidad restringida, que resulten del Sistema de Cuentas Tributarias, podrán ser objeto de compensación, de transferencia a terceros o de devolución, según corresponda, a través de las respectivas transacciones habilitadas en el sistema. |
Importante:
Para la tramitación del Certificado de Exclusión de IVA previsto por la RG 2226, se recuerda que debe cumplir el requisito del articulo 4ª inciso h) "Poseer saldo de libre disponibilidad, que surja de la última declaración jurada del impuesto al valor agregado vencida a la fecha de solicitud ..."
Por ello, deberá verificar -previo a solicitar el certificado - si en la ultima DDJJ presentada ha exteriorizado el saldo de libre disponibilidad conforme el articulo citado.
A fin de agilizar el trámite, le recomendamos rectificar la DDJJ de IVA del periodo 12/2007, conforme lo previsto por los artículos 8º y 13º de RG 2 .406 (trasladando los saldos de libre disponibilidad de periodos anteriores).
Consultas y Respuestas Frecuentes
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