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Empleados de Casas Particulares
Son los que realizan actividades de mucamas, niñeras, cocineras, jardineros, caseros, amas de llaves, damas de compañía, mayordomos, institutrices, nurses o gobernantas.
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| Importante: A partir de la vigencia del nuevo “Registro Especial de Personal de Casas Particulares” (Resolución General N° 3491) toda relación laboral debe inscribirse en el Registro Especial de Seguridad Social. El trámite se deberá realizar hasta el 30 de Junio de 2013 inclusive. |
Registro como Empleador de Trabajador de Casas Particulares
A continuación se describen los pasos a seguir y las características del registro a través de las opciones disponibles.
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- Si utiliza esta opción, deberá comunicarse al teléfono 0800 222 2526 Opción 2, para que un operador del Centro de Información Telefónica realice el trámite, previa autenticación de su persona |
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PASO 1: Deberá comunicarse telefónicamente al 0800 – 222 – 2526 Opción 2. El operador, le solicitará una serie de datos y realizará un proceso de identificación personal. Para ello, deberá tener el documento (DNI) y los últimos 2 (dos) pagos realizados con el formulario F. 102/B. |
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PASO 2: Cumplido el paso 1), se procederá a registrar la relación laboral, para lo cual deberá contar con la siguiente información:
Respecto del lugar de trabajo: - Provincia, Código Postal, Calle, Número, Piso, Departamento y Localidad
Respecto del trabajador: - Número de CUIL, Nombre y Apellido, Obra Social, Fecha de Nacimiento CBU en caso de poseer, y un teléfono o correo electrónico de contacto (opcional).
Respecto del domicilio del trabajador:
- Provincia, Código Postal, Calle, Número, Piso, Departamento y Localidad.
Respecto de la relación laboral
- Puesto desempeñado: - horas semanales que trabaja, retribución pactada, y modalidad de liquidación.
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PASO 3: Finalmente, el operador confirmará los datos en el registro y le indicará al Empleador como proceder para obtener la “Constancia del Trabajador”. Una Constancia deberá quedar en poder del empleador y otra en poder del trabajador con las respectivas firmas. |
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Comprobante del Registro del Trabajador de Casas Particulares
Para imprimir o reimprimir el comporbante del registro tramitado telefónicamente o a través de la web, ingrese aquí.
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Guía Paso a Paso
Si desea acceder a un instructivo donde figuran las pantallas para realizar la registración como empleador de trabajador de casas particulares ingrese aquí. |
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Si Ud. va a contratar a trabajadores extranjeros, es importante que conozca los pasos que deberán seguir para trabajar legalmente en nuestro país. Acceda a esta información ingresando aquí. |
Canal de contacto para Trabajadores de Casas Particulares : línea gratuita y exclusiva 0800-222-2526, de lunes a viernes de 8 a 20hs.
Sr. Empleador de un Trabajador Extranjero de Casas Particulares
Si Ud. va a contratar a trabajadores extranjeros, es importante que conozca los pasos que deberán seguir para trabajar legalmente en nuestro país:
1) Tramitar la residencia en nuestro país:
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QUÉ ES?
La Residencia Precaria es un documento gratuito y provisorio - con vencimiento -, que le permite al futuro trabajador gestionar el Documento Nacional de Identidad – DNI- y el CUIL, que los habilita a trabajar legalmente en el país. |
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DONDE IR?
Dirigirse a la Dirección Nacional de Migraciones. Departamento Gestión de Trámites de la Dirección de Radicaciones, - Dirección Nacional de Migraciones, HORARIO DE ATENCIÓN: 7:30 A 18:00 HS. |
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CUÁLES SON LOS REQUISITOS Y COSTOS PARA INICIAR EL TRÁMITE?
1) Antecedentes Penales Argentinos
2) Obtener el Turno Online para la Residencia Precaria
3) Tasa de Radicación MERCOSUR: $300, NO-MERCOSUR $600
4) Dos fotos 4×4 (Fondo Blanco y liso)
5) Antecedentes Penales país de Origen
6) Certificado de Domicilio: En cualquier Comisaría de Policía Federal o Provincial.
7) Cédula de Identidad, Pasaporte o Certificado de Nacionalidad con foto, originales. Estos documentos deberán encontrarse vigentes, en buen estado de conservación y con un juego de fotocopias completo.
8) Sello de Ingreso al país en el documento de viaje o tarjeta migratoria |
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Luego, alternativamente podrán solicitar los CERTIFICADOS DE RESIDENCIA TEMPORARIA ó PERMANENTE, La Residencia Temporaria le permite a un extranjero Trabajar, Estudiar y entrar o salir de Argentina.
Más información en el siguiente sitio web: http://www.migraciones.gov.ar/accesible/?residencias |
2)Obtener el documento nacional de identidad (DNI).
Más información en el siguiente sitio web: http://www.migraciones.gov.ar/accesible/?dni_extranjeros
3) Obtener el CUIL
Dirigirse a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, ANSES:
| Solicitante |
Debe Presentar: |
| Extranjeros con residencia no permanente en el país: |
Certificado de la Dirección Nacional de Población y Migraciones, o.
Pasaporte (en el que conste tipo de residencia, ésta no debe ser turista o permanente), o.
Permiso de Ingreso al País expedido por Consulados o en virtud de Convenios Internacionales, para el caso de extranjeros que no cuenten con documentación argentina. |
| Argentinos o Extranjeros con residencia permanente en la Argentina: |
DNI, LC o LE.
Solamente si extravió el DNI, deberá llevar la constancia de documento en trámite y otra documentación donde surja el nombre, apellido, la fecha de nacimiento y Número de documento (ejemplo cédula de identidad, licencia de conducir, Pasaporte). |
Más información en el siguiente sitio web: http://www.anses.gob.ar/trabajadores/cuil-39
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