Asunto:
Aviso Nº 23/2002 (DI TECN) y Aviso Nº 24/2002 (DI TECN). Derechos incluidos
en el valor FOB.
BUENOS
AIRES, 27 AGO 2003
Atento
que en la actualidad el SIM efectúa controles sobre la utilización del
coeficiente aplicado a las exportaciones en los casos en los que el Derecho de
Exportación se encuentra incorporado al valor FOB y, teniendo en cuenta que
el propio sistema impide la utilización de un coeficiente distinto al
resultante de la alícuota vigente, la Dirección de Programas y Normas de
Procedimientos Aduaneros se expidió en el sentido por el cual el declarante
deberá ingresar el valor 1 (uno) como coeficiente, toda vez que los derechos
de exportación se encuentren incluidos en el valor FOB declarado.
Publíquese
en el Boletín de la Dirección General de Aduanas.