AVISO Nº  11/2003 (DE TEEX)          

 

Asunto: Aviso Nº 23/2002 (DI TECN) y Aviso Nº 24/2002 (DI TECN). Derechos incluidos en el valor FOB. 

 

BUENOS AIRES, 27 AGO 2003 

Atento que en la actualidad el SIM efectúa controles sobre la utilización del coeficiente aplicado a las exportaciones en los casos en los que el Derecho de Exportación se encuentra incorporado al valor FOB y, teniendo en cuenta que el propio sistema impide la utilización de un coeficiente distinto al resultante de la alícuota vigente, la Dirección de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros se expidió en el sentido por el cual el declarante deberá ingresar el valor 1 (uno) como coeficiente, toda vez que los derechos de exportación se encuentren incluidos en el valor FOB declarado.  

                       

Publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. 

Fdo: Pedro Antonio Girondin – Director de Técnica