Visto que mediante la Nota N° 16/02 (DI TECN) quedó incorporada al Sistema
Informático María la importación temporaria para transformación y
exportación al Area Aduanera Especial, incluyendo la liquidación de los
estímulos a la exportación, se instruye que se deberá ingresar a dicho
sistema como autorización de la IT el número de registro del presente que
revestirá el carácter de acto dispositivo de autorización, validándose
en tal sentido la opción SI.
Para acreditar la relación insumo / producto (CTC) será de aplicación el
procedimiento establecido para el régimen de la Resolución N° 72/92 (ME)
y Decreto N° 1439/96, declarándose en la solicitud del Certificado de
Tipificación que la mercadería será exportada a otros países.
Finalmente la entrega de mercaderías a un tercero para su procesamiento
deberá ser comunicada previamente al servicio aduanero.
Déjase sin efecto el Aviso N° 45/03 (DI TECN).-
FDO. PEDRO A. GIRONDIN
DIRECTOR
DIRECTOR DE TECNICA