Asunto:
A.A.P.C.E. Nº 45 ARGENTINA/CUBA
BUENOS
AIRES, 12/01/04
De acuerdo con las Notas S/Nº de fechas 9 de Octubre de 2003 y
6 de Enero de 2004 de la Dirección Nacional de Política Comercial
Externa dependiente de la Subsecretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña
y Mediana Empresa, se instruye que se encuentra en vigencia a partir del 16 de
diciembre de 2003 el Quinto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación
Económica Nº 45 (A.A.P.C.E. Nº 45), celebrado entre la REPUBLICA ARGENTINA y
la REPUBLICA DE CUBA, el cual sustituye en su totalidad, las preferencias del
mencionado Acuerdo.
Por tal motivo se hace saber que en cada oportunidad en que se solicite
el retiro a plaza de la mercadería, invocando el citado Acuerdo, se deberá
consultar a la División Ordenamiento y Convenios, ello hasta tanto sea
publicado en el Boletín de esta Dirección General de Aduanas.
FDO. MARIANO DUHALDE
SUBDIRECTOR GENERAL
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE
LEGAL Y TÉCNICA ADUANERA
INSTRUCCION
GENERAL Nº 0001/04 (SDGLTA)
(DV
ORCO)