La presentación de toda documentación (excepto las que deben efectuarse mediante servicio con clave fiscal) se deberá efectuar ante la dependencia de esta Administración Federal de Ingresos Públicos que corresponda a la jurisdicción del domicilio, como se indica a continuación:
a) Si el beneficiario solicitante posee C.U.I.T.: la del domicilio fiscal vigente a la fecha de inicio de la solicitud.
b) Si el beneficiario solicitante no posee C.U.I.T.: la de su domicilio real.
Cuando los solicitantes no posean C.U.I.T. y las presentaciones se realicen a través del representante legal o de un apoderado, excepcionalmente se podrá efectuar ante la dependencia en que se encuentre inscripto este último.
De no existir razones de índole fiscal que obligue al representante legal o apoderado a inscribirse, las presentaciones se realizarán ante la dependencia a cuya jurisdicción corresponda el domicilio real del mismo.