Luego de verificada la documentación presentada, y de ser aceptada la inscripción la dependencia de AFIP-DGI entregará el Número de CUIT asignado a la persona jurídica.
El Representante Legal deberá efectuar la tramitación del "Administrador de Relaciones" para actuar como tal en representación de la Persona Jurídica.
Si no hubiera efectuado ante la AFIP el registro digital de su fotografía, su firma y su huella dactilar, ni hubieran escaneado los datos de su documento de identidad, o alguno de esos datos hubieran cambiado, en la dependencia AFIP-DGI procederán a la digitalización de la totalidad de los mismos y al blanqueo de la clave fiscal.