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ID 456723
¿Cómo debo realizar la nacionalización de vehículos usados propiedad de Argentinos y/o Extranjeros de retorno del exterior?
08/06/2011 12:00:00 a.m.

1) El trámite puede ser gestionado por el beneficiario o por un tercero debidamente autorizado, integrando un formulario (OM-1781 "A") de muy sencilla comprensión -datos personales y del vehículo-, y anexando la documentación que se indica a continuación:

* Certificado de residencia emitido por el consulado argentino de la jurisdicción del domicilio del interesado en el exterior (o para los extranjeros: certificado o constancia migratoria que acredite la radicación permanente en el País)

* Pasaporte actualizado.

* Titulo de propiedad del rodado inscripto a nombre del beneficiario.

* Factura de compra o documento equivalente .

2) Dicho trámite deberá realizarse en la división resguardo 1 de la aduana de Buenos Aires, sita en Av. Hipólito Yrigoyen 460 P.B., o en la aduana respectiva.

3) Cuando el vehículo va a ser nacionalizado en una aduana distinta a la de ingreso, el interesado hará conocer dicha circunstancia al personal de esta, la que otorgara un permiso de circulación temporal de 10 días, al solo y único efecto de poder arribar a la aduana de jurisdicción y efectuar la nacionalización del rodado. Todos los documentos o papeles en idioma extranjero deben ser traducidos por un traductor público y refrendada la firma del mismo en el colegio de traductores (Memo 152/92) sito en Callao 289 - P 4° "8" - CABA.

El vehículo deberá encontrarse inscripto ante la autoridad oficial competente del país de residencia con anterioridad a los 3 meses de la fecha de ingreso del ciudadano al país, aportándose en tales casos la constancia que expida dicha autoridad.


Fuente: Res ANA 1568/92 y Res ANA 3751/94



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