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Rentas del trabajo personal en relación de dependencia
Los agentes de retención establecidos en la Resolución General N° 2437, a los fines de determinar el importe a retener en concepto de impuesto a las ganancias, deberán utilizar las tablas que se consignan en el Anexo de la Resolución General N° 2866/10. Para mayor información ingrese aquí.
Régimen de anticipos
Las personas físicas y las sucesiones indivisas responsables del impuesto a las ganancias que, hubieran determinado anticipos imputables al período fiscal 2010, podrán recalcular la base para la liquidación de aquellos cuyo vencimiento opere a partir del 1 de julio de 2010, con arreglo al modelo contenido en el Anexo de la Resolución General N° 2867/10.
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Registro Tributario
Esta administración requerirá a las personas físicas que actúen por sí o como apoderados o representantes legales de personas físicas o jurídicas, el registro digital de la fotografía, firma y huella dactilar, así como la exhibición del documento de identidad para ser "escaneado".
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