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Monotributo: Prórroga Vencimiento Recategorización
Ponemos en su conocimiento que se extendió el plazo para efectuar la recategorización correspondiente al tercer cuatrimestre de 2007 hasta el día 11 de Enero de 2008 inclusive. La misma consiste en calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante el período Enero de 2007 a Diciembre de 2007 y, en algunos casos, la superficie afectada a la actividad. Cuando estos parámetros sean superiores o inferiores a los delimitados en la categoría en la que actualmente se encuentra, usted deberá recategorizarse. Si no se registra ningún cambio, la categoría seguirá siendo la misma y, por lo tanto, no deberá realizar ningún trámite. Para ayudarle a conocer si su categoría se ha modificado, usted dispone de la herramienta denominada "Mi orientación", a través de la cual encontrará, una vez ingresados los datos requeridos, una guía que lo orientará en el proceso de recategorización. ¿Qué períodos abarca la presente recategorización?
¿Cómo debe realizarse la recategorización? La recategorización en el Monotributo es un trámite que se realiza con Clave Fiscal, a través de la página web de la AFIP (www.afip.gov.ar), accediendo al servicio “Monotributo”. ¿Desde cuándo corresponde pagar la nueva categoría? El pago de la nueva categoría corresponderá efectuarse desde el mes de Febrero de 2008. Vencimiento: 7 de Febrero de 2008. Consulte formas de pago Aquí. IMPORTANTE: Si opta por pagar mediante débito en cuenta bancaria o con tarjeta de crédito consulte Aquí. |