¿Qué es el Token? 


El “token” es un dispositivo de hardware que debe ser empleado para acceder y utilizar los servicios informáticos que requieran “Clave Fiscal” con Nivel de Seguridad 4.   Requisitos para solicitar el “token”:


Requisitos para solicitar el “token”:

Contar con Clave Fiscal con nivel de seguridad 3
Adherir al servicio “e-ventanilla”




Cómo solicitar el “token”:  

La solicitud se efectúa a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar), ingresando al servicio “Trámite de Dispositivos”, opción “Alta de Dispositivos”.
En dicha solicitud debe dejarse constancia de la dependencia AFP seleccionada para la entrega del “token”.
Finalmente se debe imprimir el acuse de recibo generado por el sistema.




Cómo retirar el “token”:

Concurrir a la dependencia AFIP seleccionada, dentro de los 5 días hábiles de generada la solicitud, munido del acuse de recibo de la misma y el documento que acredite su de identidad
En el lugar de entrega un agente de la AFIP procede a: verificar su identidad, registrar digitalmente su foto, firma y huella digital, así como a escanear el documento que acredite su identidad.
Una vez que estos datos estén cargados en los sistemas de la AFIP, usted debe ratificar los mismos.
El agente de la AFIP imprime dos copias del formulario de “Entrega del dispositivo de hadware token”, las que deben ser firmadas por él y por usted




Cuándo la seguridad de la “Clave Fiscal” se eleva efectivamente al Nivel 4:  

La seguridad de la “Clave Fiscal” se eleva efectivamente al nivel 4 una vez que el organismo realice el proceso informático de asignación de PIN.  

La entrega de PIN a los solicitantes del “token” se realiza mediante el servicio “e-ventanilla”.  




Vigencia:

Este procedimiento entra en vigencia a partir del 1 de Abril del 2009




Qué sucede con aquellos usuarios que ya posean “token suministrados por la AFIP antes del 1 de Abril


Deben concurrir, dentro de los 30 días hábiles administrativos contados desde dicha fecha,  a alguna de las dependencias de este organismo para el registro digital de su foto, firma y huella digital, así como del documento que acredite su identidad.




Más información:  

Consultar la Resolución General N° 2571