Asimismo, se encuentran beneficiados por esta normativa, los establecimientos geriátricos, psiquiátricos, laboratorios de análisis clínicos y los servicios de emergencias médicas. Normativa Aplicable: Ley 26.283 , RG 2360 Conceptos alcanzados: El citado plan abarca las obligaciones impositivas, de la seguridad social y los derechos y demás tributos que graven las operaciones de importación y exportación, devengados al 30 de septiembre de 2007, así como sus actualizaciones, intereses y multas. Condiciones:
Ingreso de las cuotas Las cuotas vencerán el día 16 de cada mes a partir del mes siguiente al de consolidación y adhesión al plan. La forma de cancelación difiere según el sujeto. Tratándose de:
En caso que el día 16 no se pueda efectuar el débito en la cuenta para la cancelación de la respectiva cuota, se procederá a realizar un nuevo intento de débito directo el día 26 del mismo mes. Las cuotas impagas de los planes que no se encuentren en condiciones de caducidad, así como sus intereses resarcitorios, se debitarán el día 12 del mes siguiente de haber efectuado la rehabilitación de las mismas. Simulador: Realizar un ejercicio de simulación y calcular el monto de las cuotas. Para poder utilizar los simuladores es necesario configurar la seguridad de las "macros" en "nivel medio", y recuerde que el monto consolidado se conforma por capital más intereses resarcitorios e intereses punitorios, en caso de corresponder. Más información: Plan especial Prestadores Médico-Asistenciales y Obras Sociales deudas devengadas al 30/09/07 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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