Utilización del VEP (Volante electrónico de pagos) para la cancelación de obligaciones Aduaneras:
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Liquidaciones aduaneras de exportación “LAEX” - (RG 2161/06) Desde el 01/01/2008. |
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Cancelación de obligaciones tributarias aduaneras correspondientes a operaciones de importación y de exportación sin plazo de espera para su pago, así como al resto de las liquidaciones aduaneras (RG 2883). Desde el 04/10/2010.
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Sr. Usuario Aduanero:
Esta nueva metodología tiene por objeto facilitar al declarante la cancelación de dichas liquidaciones aduaneras, mediante transferencia electrónica de fondos desde una cuenta de cualquier entidad bancaria.
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¿Cómo comenzar a aprovechar estos servicios?
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Conozca los detalles de la operatoria de la RG 2161 haciendo click en esta Demo.
Liquidación aduanera para el pago con VEP. ( Ingrese aqui para visualizar los impuestos, conceptos y subconeptos que deberá utilizar para cada caso).
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Acceda al manual conteniendo la operatoria para efectuar pagos en función de lo normado por la RG 2883, ingresando aquí |
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Acceda al manual para la generación de los VEP para la cancelación de obligaciones aduaneras en los casos que no existan la figura del importador/exportador y/o despachante de aduana, ingresando aquí. |