ASUNTO:
exportaciones para consumo de mercaderías con reintegros y con insumos
importados para consumo nacionalizados por el mismo exportador. Aviso nro 629/00
(DE TEEX).
BUENOS
AIRES, 31 OCT 2003
La
entrada en vigencia del Aviso nro 629/00 (DE TEEX) fue prorrogada por sus
similares 1,5,15 y 19 de 2001, en virtud que algunos exportadores manifestaron
la imposibilidad de cumplir con lo allí dispuesto.
Pero considerando lo dispuesto por el Decreto 1011/91 y sus modificatorios, relacionado con la base de liquidación del beneficio de reintegros, y la necesidad de determinar el monto de los insumos importados para consumo por el mismo exportador, se instruye que al solicitar la liquidación de los estímulos a la exportación deberá adjuntar, además de la documentación complementaria correspondiente, un detalle de los despachos de importación para consumo afectados.
En
el detalle se consignará el número de la o las destinaciones de importación a
través de las cuales se nacionalizaron los insumos en cuestión.
El
presente entrará en vigencia a partir de su publicación en la página
Web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (www.afip.gov.ar)
y atento la naturaleza del mismo , resulta de aplicación para aquellos
beneficios pendientes de liquidación.
Publíquese
en la página mencionada precedentemente y en el Boletín de esta Dirección
General.
Firmado: Pedro Antonio Girondin - Director de Técnica