Asunto: Ref. P.A. N.C.M. 8544.70.10, 8544.70.90 y 9001.10.20 del Anexo I “E” de la Instrucción General 016/02 (SDGLTA) 

 

BUENOS AIRES, 04 de agosto de 2006.

 

De acuerdo con las Instrucciones Generales N° 009 (SDGLTA) de fecha 17 de Febrero de 1999 y N° 016 (SDGLTA) de fecha 07 de Marzo de 2002, relativas al Régimen de Origen MERCOSUR – ACE 18, ACE 35 y ACE 36, y teniendo en cuenta la Nota N° 184 de fecha 25 de Julio de 2006 del Área Origen de Mercaderías dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL, caratulada por Actuación Nº 13668-44-2006, se hace saber que se produjo un cambio de razón social de la firma exportadora de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL “TELCON FIOS E CABOS PARA TELECOMUNICACOES LTDA.”, la cual se encuentra excluida de las medidas dispuestas por las citadas Instrucciones, siendo en la actualidad “TELCON FIOS E CABOS PARA TELECOMUNICACOES S.A.”.

Por lo expuesto para las exportaciones de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL de los productos clasificados en las P.A N.C.M. 8544.70.10, 8544.70.90 y 9001.10.20, efectuadas por la firma “TELCON FIOS E CABOS PARA TELECOMUNICACOES S.A.”, se deberá proceder a la devolución de las garantías constituidas y al libramiento de las importaciones que se realicen, sin la exigencia de dicho requisito, y en consecuencia excluirla de las medidas dispuestas por las citadas Instrucciones.

 

Comuníquese, publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido archívese.

FDO. DRA MARIA SILVINA TIRABASSI SUBDIRECTORA GENERAL DE CONTROL ADUANERO

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

 

 

NOTA EXTERNA Nº 10/2006 (SDG CAD)

(DV OSEC)