Asunto: Ref. P.A.N.C.M. 7012.00.00 del Anexo I “E” de la Instrucción General 016/02 (SDGLTA)

 

BUENOS AIRES, 20/04/2005

 

De acuerdo con las Instrucciones Generales N° 009 (SDGLTA) de fecha 17 de Febrero de 1999 y N° 016 (SDGLTA) de fecha 07 de Marzo de 2002, relativas al Régimen de Origen MERCOSUR – ACE 18, ACE 35 y ACE 36-, y teniendo en cuenta la Resolución Nº 35/05 publicada en el Boletín Oficial de fecha 15 de Abril de 2005, de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, se hace saber que para las exportaciones de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL de los productos clasificados en la P. NCM 7012.00.00, efectuadas por la firma “TERMOSOLAR S.A.”, deberá procederse a la ejecución de las garantías constituidas oportunamente, ello teniendo en cuenta que evaluada la documentación correspondiente se detectó que no cumple con el Régimen de Origen MERCOSUR y en consecuencia, se deberá dispensar el tratamiento arancelario de extrazona.

Comuníquese, publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido archívese.

 

 

FDO. Cont. Púb. Hugo N. Gómez

Subdirector General de Operaciones

Aduaneras Metropolitanas

A/C de la Subdirección General de

Legal y Técnica Aduanera

 

 

NOTA EXTERNA Nº 0018/2005 (SDG LTA)

(DV ORCO)