Asunto: Decisión CMC Nº 1/2004 (44º Protocolo Adicional al ACE Nº 18)

 

 BUENOS AIRES, 21 de marzo de 2006.

 

 

De acuerdo con las Notas de fecha 23 y 24 de Febrero de 2006 de la Dirección Nacional de Política Comercial Externa dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, caratulada por Actuación Nº 13668-8-2006, y el 44º Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 18 suscripto por la REPUBLICA ARGENTINA, la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, la REPUBLICA DEL PARAGUAY y la REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, Estados Parte del MERCOSUR, el cual incorpora la Decisión Nº 1/2004 del Consejo del Mercado Común relativa al Régimen de Origen del MERCOSUR, se informa:

 

•  Vigencia: desde el 26 de Febrero de 2006.

•  Deroga:

•  Decisiones CMC Nº: 06/94, 05/96, 16/97, 03/00, 41/00, 04/02, 24/02, 18/03 y 35/03.

•  Resolución GMC Nº: 27/01.

•  Directivas CCM Nº: 08/97 y 04/00.

•  Protocolos adicionales al ACE 18: VIII, XIV, XXII, XXIV, XXVII, XXXV, XXXIX y XL.

 

Cabe mencionar que aquellos Certificados de Origen que hubieran sido emitidos con anterioridad a la puesta en vigencia del Protocolo en trato, deberán ajustarse a la normativa vigente al momento de su emisión.

 

Se deja constancia que el citado Protocolo podrá ser consultado en la Página ww w .afip.gov.ar , adjunto a la presente Nota Externa.

 

Comuníquese, publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido archívese.

 

FDO. DRA MARIA SILVINA TIRABASSI SUBDIRECTORA GENERAL DE CONTROL ADUANERO

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

 

 

NOTA EXTERNA Nº 06/2006 (SDG CAD)

(DV OSEC)

 

Protocolo Decision Anexo I Anexo II Anexo III Anexo IV Anexo V