Nota Nro.398/02 (DI TECN)

 

Visto el requerimiento formulado por la Federacion de Cámaras de Comercio Exterior de la República Argentina (FECACERA) mediante email que integra el presente, se autoriza la habilitación de las Aduanas para el registro de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) en cuya jurisdicción se oficialicen destinaciones de exportación en el marco d ela Ley 21453, debiendo a tal efecto aceptarse dicha declaración jurada en Fax emitido por la Direción de Mercados Agroalimentarios, en virtud a que resulta competencia exclusiva y excluyente de dicha Dirección la aplicación del procedimiento.

 

A tal efecto deberá otorgarse preferente trámite de habilitación a las Aduanas de Posadas, San Javier y Bernardo de Irigoyen en virtud al requerimiento formulado por la Cámara de Comercio Exterior de Misiones.

 

Fdo. PEDRO GIRONDIN

DIRECTOR DE TECNCIA