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ID 10937785
¿Un Gran Contribuyente Nacional puede constituir un domicilio fiscal optativo?
21/10/2009 12:00:00 a.m.

Sin perjuicio del domicilio fiscal establecido en el artículo 3° de la Ley 11.683, los contribuyentes y responsables que se encuentren inscriptos ante la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales podrán constituir en forma optativa un domicilio, a todos los efectos fiscales, dentro del radio de jurisdicción de la Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas.

Lo dispuesto en el párrafo anterior no será de aplicación para aquellos sujetos cuyo domicilio fiscal ya se encuentre fijado en dicho ámbito.


Fuente: Art. 11 RG 2109/06



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