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ID 11099383
Los fideicomisos regidos por la Ley 24.441, las uniones transitorias de empresas, los consorcios de cooperación y demás contratos asociativos no societarios, ¿deben autorizar al fiduciario ó al representante para realizar gestiones ante la AFIP?
03/10/2012 12:00:00 a.m.

Los fideicomisos regidos por la Ley 24.441, las uniones transitorias de empresas, los consorcios de cooperación y demás contratos asociativos no societarios, deberán autorizar respectivamente al fiduciario y al representante para realizar actos o gestiones en su representación ante la AFIP mediante la utilización de la herramienta informática Gestión de Autorizaciones Electrónicas en los términos de las RG 2449/08 y 2572/09.


Fuente: Art. 1 RG 2711/09



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