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ID 11422579
¿CUÁLES SON LAS NOVEDADES QUE INCORPORÓ LA VERSIÓN 32 RELEASE 2?
26/01/2010 12:00:00 a.m.

Se le permite a los empleadores determinar adecuadamente las contribuciones patronales con destino a la seguridad social de aquellos trabajadores regularizados y/o incorporados a partir de la vigencia de la Ley 26.476, cuya relación contractual haya superado los 12 meses de antigüedad a partir del 24-12-2008 o posterior, lo que hubiera ocurrido antes.

A tal fin se incorporan los códigos 204, 205 y 206 en la tabla de modalidad de contratación al solo efecto de permitir el cálculo correcto de las contribuciones para aquellos puestos nuevos -art. 16 Ley 26.476- que hayan superado los doce meses desde el inicio de la relación laboral; y para los códigos 211/212/213 -trabajadores regularizados art. 11 inc. b) Ley 26.476- y 221/222/223 -trabajadores regularizados art. 12 Ley 26.476- se incorporan vigencias a partir del décimo tercer mes (devengado 12/2009) a los fines de la correcta determinación de la contribución.

Asimismo se adecuan las alícuotas de aportes y contribuciones del régimen jubilatorio, correspondientes al personal policial y/o penitenciario de la provincia de la Rioja. La jurisdicción podrá generar sus declaraciones juradas mensuales (F931) originales y/o rectificativas de los meses junio 2009 y siguientes a los fines de la determinación correcta de las obligaciones devengadas.


Fuente: CIT AFIP



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