AFIP - Administraci�n Federal
 ABC - Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas.
Normativa


Buscar en Normativa 
 Busqueda Avanzada

ID 11743433
¿Quiénes deben solicitar el CETA?
11/04/2024 11:54:04 a.m.













Deben solicitar el CETA las personas humanas, las sucesiones indivisas o personas jurídicas, del país o residentes en el exterior, al realizar la transferencia de automotores y/o motovehículos usados radicados en el país, de los cuales sean titulares de dominio.


También comprende a las cesiones de derechos a favor de compañías o entes aseguradores, en los casos de siniestros por robo o hurto del bien asegurado.


El CETA es obligatorio cuando el valor de venta o de tabla de valuación de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA) es mayor o igual a $10.919.766.


Para más información ingresar aquí.














Fuente: Art. 1 RG 2729/09 y modificatorias



Novedades