ID 11776221 ¿En qué casos rechazarán la inscripción del bien los encargados de los registros seccionales?
18/01/2022 05:31:29 p.m.
Rechazarán la inscripción del bien respectivo cuando:
1. El "CETA" aportado resulte inválido, según la respuesta obtenida a la consulta de la verificación.
2. Los datos consignados en el "CETA" sean incorrectos. tratándose de los datos de identificación del/los transferente/s y de el/los adquierente/s, detallando apellidos y nombres o denominación, C.U.I.T, C.U.I.L. y/o C.D.I. y porcentaje de titularidad del bien mueble registrable; y, de no corresponder, indicar la existencia de condóminos informando el Nº de C.U.I.T, C.U.I.L. y/o C.D.I. y el porcentaje de titularidad de cada uno de ellos , se entenderá también como correctos aquellos casos en los que se encuentre error menor en el apellido y nombres o denominación, la C.U.I.T., C.U.I.L. y/o C.D.I. resulte exacta.