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ID 12068971
¿Qué fecha debe figurar en los comprobantes?
01/04/2022 05:17:50 p.m.


La fecha de emisión no podrá exceder los 5 días desde la fecha de autorización del comprobante.

Cuando se otorgue el "C.A.E.", la fecha de comprobante consignada se considerará como fecha de emisión del comprobante electrónico original.

En caso que en la solicitud no constare la fecha del documento, se considerará fecha de emisión del comprobante, la de otorgamiento del respectivo "C.A.E.".

Para la exportación de servicios, cuando la fecha de la solicitud sea anterior a la del comprobante, ambas deberán corresponder al mismo mes calendario.

En cuanto a los plazos para la puesta a disposición de los clientes se debe considerar lo establecido por las normas de facturación y registración vigentes.



Fuente: Art. 6 RG 2758/10 y Art. 5 RG 4401/19



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