ID 13947255 ¿Cómo consultan los agentes de percepción la condición del sujeto pasible de la misma?
03/04/2023 02:58:19 p.m.
Los agentes de percepción, deberán consultar la situación de los sujetos pasibles mediante el procedimiento de intercambio de información “WebService”, denominado “WSRGIVA”, cuyas especificaciones técnicas, canales de comunicación y toda otra información relativa al uso de esta herramienta, se encuentran disponibles en https://www.afip.gob.ar/ws.
A fin de realizar la consulta, los responsables transmitirán a través del servicio antes citado, por lote o individualmente, la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), el Código Único de Identificación Laboral (CUIL) y/o la Clave de Identificación (CDI) del sujeto pasible de la percepción.
La respuesta a la consulta efectuada reflejará la situación de los sujetos y tendrá una validez de 30 días corridos contados desde la fecha en que fue realizada.
Fuente: Art. 7 y Anexo III, Resolución General N° 5319/23