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ID 15996505
¿Una vez generado el crédito se podrá realizar la reversión de la declaración post-embarque?
13/09/2012 12:00:00 a.m.

No. Una vez generado el crédito no se podrá realizar la reversión de la declaración post-embarque. En caso de existir tal situación se deberá comunicar en forma expresa, a través de la aduana de registro, al Departamento Programas y Normas de Procedimientos de Recaudación Aduanera para su análisis y determinación del procedimiento a seguir.


Fuente: Anexo I RG 3360/12



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