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ID 16572637
¿Cómo deberá informar el alta en el impuesto "Resp. Deuda Ajena BP - Acc o Part" a los efectos que, de tratarse de un fideicomiso no financiero, quien asuma la calidad de fiduciario, deba efectuar la determinación e ingreso del gravamen correspondiente a los bienes que integran el fideicomiso?
27/10/2017 12:00:00 a.m.

El fiduciario deberá solicitar, de corresponder, su inscripción ante este Organismo conforme lo dispuesto por la Resolución General Nº 10/97, sus modificatorias y complementarias.

Asimismo, se deberá efectuar el alta en el impuesto ingresando con clave fiscal al servicio "Sistema Registral", dentro del menú "Registro Tributario", opción "Alta de Impuestos", selecconando el impuesto "Resp Deuda Ajena BP - Acc o Part".


Fuente: Art. 1 y 3 RG 3423/12



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