ID 18722965 ¿Prevalece el Régimen de Retención establecido por la RG 3692/14 frente a otros regímenes de Retención?
12/01/2014 12:00:00 a.m.
Atento que la RG 3692/14 establece regímenes específicos de retención, las operaciones que realicen los proveedores con las empresas mineras, tendrán el siguiente tratamiento:
- Por el Impuesto al Valor Agregado quedan excluidas de la retención prevista en el Art. 1° de la RG 2854 y sus modificaciones y de todo otro régimen especial de retención.
- Por el Impuesto a las Ganancias quedan excluidas de la retención establecida por la RG 830 y R.G. 2616 y sus respectivas modificatorias y complementarias.