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ID 19354057
Evento 3797 - ¿Cuál es el procedimiento a seguir en caso de utilizar el servicio "Libro de Sueldos Digital"?
29/07/2019 12:00:00 a.m.

Los sujetos obligados o que adhieran voluntariamente a utilizar el sistema deben cumplir con el siguiente procedimiento:

a) Declarar en el "Sistema Registral" la jurisdicción que corresponda a la autoridad administrativa local en materia del trabajo.

b) Ingresar al servicio "Libro de Sueldos Digital" y configurar los parámetros a partir del menú inicial que posee el sistema, registrando todos los conceptos que se utilicen para la liquidación de los sueldos y jornales, asociando cada uno de ellos con los de la grilla universal predefinida por esta Administración Federal e indicando a qué subsistema de la seguridad social se vincula cada uno.

c) Cargar en el sistema los datos para la conformación del "Libro de Sueldos Digital" mediante alguna de las siguientes modalidades:

1. Ingreso manual: Completando los campos requeridos por el sistema.

2. Importación de archivos estandarizados vía "web", con clave fiscal, una vez finalizado el proceso de cada liquidación de sueldos y jornales, en cuyo caso se utilizará el diseño de registros que obra en el micrositio.

Una vez cumplido lo indicado, la información deberá ser transmitida electrónicamente. De resultar aceptada dicha transmisión, el sistema emitirá un archivo estandarizado conteniendo las hojas del libro en borrador, el que será enviado al empleador para su revisión y posterior conformidad.

d) Las hojas del Libro de Sueldos Digital se encontrarán disponibles en un archivo del sistema para cumplimentar lo requerimientos de la autoridad jurisdiccional en materia de trabajo.


Fuente: Art. 4 RG 3781/15



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