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ID 19604035
¿Se puede considerar como carga de familia a los menores de edad bajo tutela legal?
08/06/2023 11:31:09 a.m.



No. Los menores de edad bajo tutela legal no se encuentran taxativamente contemplados en el artículo 23 inciso b) de la ley de Impuesto a las Ganancias. Por ello, los mismos no integran el concepto de carga de familia que permite su deducción, dado que carecen del vínculo exigido por la normativa vigente.

 


Fuente: CIT AFIP



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