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ID 19704436
¿Qué sucede con las percepciones sufridas por las compras en moneda extranjera o adquisición de moneda extranjera? ¿Se podrán recuperar o compensar como se hacía anteriormente?
26/01/2017 12:00:00 a.m.

A pesar de la derogación de la RG 3450, se encuentra vigente el mecanismo de devolución establecido por la RG 3420, así como su aplicación como pago a cuenta en el Impuesto a las Ganancias o sobre los Bienes Personales, de corresponder, de las percepciones sufridas con anterioridad al 17 de Diciembre de 2015.


Fuente: Art. 2 RG 3822/15



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