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ID 19827376
¿Qué sucede, respecto del régimen de retención, en los casos que la mayor de las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados en el período enero a agosto 2013 supere los $ 25.000?
24/08/2015 12:00:00 a.m.

En caso que las remuneraciones y/o haberes brutos superen la suma de $ 25.000.- no será aplicable el incremento del 20 % sobre las deducciones establecidas en los incisos a), b) y c) del Artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

No obstante, cuando se trate de sujetos no incluidos en el Decreto N° 1.242/13 por haber superado la suma de $25.000, la condición del sujeto beneficiario de las rentas frente al régimen se determinará en función a la mayor remuneración y/o haber mensual, normal y habitual en los términos del Artículo 3° de la RG 3770/15, percibidas a partir del 1° de enero de 2015.

Lo dispuesto en el párrafo anterior tendrá efectos exclusivamente para los sujetos cuya mayor remuneración y/o haber bruto mensual en el período 2015 no supere la suma de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000).


Fuente: Art. 2 RG 3525/13 y Art. 4 RG 3770/15



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