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ID 20638780
¿A partir de cuándo tendrá efectos la suspensión?
16/08/2016 12:00:00 a.m.

La suspensión tendrá efectos a partir del segundo día corrido inmediato siguiente, inclusive, al de su publicación en la página web de AFIP y se aplicará por un plazo de hasta 60 días corridos desde su notificación. El contribuyente tendrá dicho plazo para subsanar la causal de suspensión.


Fuente: Art. 11 RG 3873/16



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