ID 20659270 ¿Cuál es el monto del pago a cuenta, y en qué momento se debe ingresar el mismo?
28/04/2023 12:01:41 p.m.
El monto del pago a cuenta a cargo de:
1) Los propietarios, locatarios, arrendatarios, concesionarios o cualquier otro titular bajo cuyo nombre y responsabilidad jurídico-económica funcionen los establecimientos de faena, sean personas humanas o jurídicas- incluso entes nacionales, provinciales y municipales y del gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2) Los matarifes -abastecedores y carniceros-, los consignatarios directos de hacienda y todo otro usuario del servicio de faena que se preste en plantas faenadoras, conforme el Art. 8° del Decreto 193/95 - "Guía Fiscal Ganadera".
Deberá calcularse multiplicando el número de animales aptos para faena que ampara cada Documento de Tránsito Electrónico (DT-e) pertenecientes a las especies bovina/bubalina -aunque no se produzca la venta posterior de la carne por cualquier causa-, por el importe que surge de la tabla contenida en el Anexo II de la RG 3873/16, los cuales se actualizarán semestralmente en los meses de Mayo y Noviembre de cada año, en la proporción del incremento del IGML publicado por el Mercado de Hacienda de Liniers.