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ID 20663368
¿Cuál es el monto del pago a cuenta para consignatarios directos de hacienda, matarifes y otros usuarios del servicio de faena, y en qué momento se debe ingresar el mismo?
28/12/2016 12:00:00 a.m.

El importe del pago a cuenta ingresado por los consignatarios directos, será atribuido en su totalidad al comitente. A tal efecto el consignatario directo deberá informar en el Volante Electrónico de Pago (VEP), la CUIT de aquél.

Cuando los comitentes no sean responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado, el importe total del pago a cuenta ingresado se computará en la declaración jurada del impuesto al valor agregado de los consignatarios directos que hubieran actuado por cuenta de los primeros.

La liquidación del consignatario directo al comitente inscripto, deberá reunir los requisitos que se establecen en el inciso j) del Artículo 8° de la RG 1415/03.

La obligación dispuesta sólo se considerará cumplida, siempre que los responsables aludidos determinen el pago a cuenta mediante el procedimiento que se establece en la RG 3873/16, bajo apercibimiento de considerarse incumplidas las condiciones generales establecidas por este Organismo.


Fuente: Art. 30 RG 3873/16



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