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ID 21081366
¿Para el caso en que el productor de leche sea una COOPERATIVA, es obligatorio indicar el número de Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA)?
21/12/2016 12:00:00 a.m.

La documentación que respalda las operaciones de compra directa de leche cruda a productores primarios, cuya obligatoriedad rige a partir del 01/11/2016, es la Liquidación Única Mensual emitida en forma electrónica, independientemente de la forma jurídica que posee el vendedor.

Por ello, deberá tratarse de un productor que venda la leche producida de su tambo, el cual debería poseer y estar identificado con un número de RENSPA.


Fuente: CIT AFIP



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