AFIP - Administraci�n Federal
 ABC - Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas.
Normativa


Buscar en Normativa 
 Busqueda Avanzada

ID 21304707
¿Cómo se deberá de informar e ingresar las percepciones practicadas?
28/12/2016 12:00:00 a.m.

El suministro de la información y el ingreso de las percepciones, se efectuará conforme al procedimiento, plazos y demás condiciones previstos en la RG 2233 -Sistema de control de retenciones (SICORE).

A tal fin, se utilizará el código de régimen:

583 - Percepción sin sujetos autorizados designados para la gestión de compra de hacienda en pie bovinas y bubalinas.


Fuente: Art. 25 RG 3873/16



Novedades