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ID 21718605
¿Cómo se debe proceder cuando exista un cambio de agente de retención?
15/01/2019 12:00:00 a.m.

Cuando exista un cambio de agente retención, el anterior agente deberá realizar una liquidación informativa, que consiste en una liquidación del impuesto determinado y retenido hasta el mes en que actuó como tal.

Dicha liquidación informativa deberá efectuarla cuando -dentro del período fiscal- cese su función en carácter de agente de retención, con motivo de:

1. La finalización de la relación laboral, en la medida que el beneficiario perciba rentas gravadas de otro u otros sujetos pagadores.

2. El inicio de una nueva relación laboral, sin que ello implique el fin de la relación preexistente.


Fuente: Art. 21 RG 4003/17



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