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ID 21855888
¿Qué obligaciones pueden incluirse en el plan y cuándo pueden solicitarse?
31/01/2023 11:17:52 a.m.


















En el plan es posible incluir:

- El saldo de impuesto de la declaración jurada

- El saldo resultante de la/s declaración/es jurada/s rectificativa/s, siempre que en la declaración original o en rectificativas anteriores no se hubiera solicitado cancelar el saldo solicitando este plan.

- Los intereses resarcitorios calculados desde la fecha de vencimiento hasta la fecha de presentación del plan

- Las multas que pudieran corresponder por presentación fuera de término.

Este régimen de facilidades de pago, puede solicitarse desde el primer día del mes de vencimiento de la obligación de pago, hasta el último día del mes siguiente. 

La cancelación a través de este plan no implica reducción alguna de intereses resarcitorios, como tampoco liberación de las pertinentes sanciones.

 

EXCEPCIÓN: No se considerará, hasta el 31 de enero de 2023, la categoría SIPER para determinar la cantidad de cuotas, pago a cuenta y tasa de interés de financiación de las categorías A, B, C o D. Las condiciones serán: 3 cuotas, un pago a cuenta del 25% y  la tasa de financiación prevista en la Resolución General N° 4057. 



















Fuente: RG 4057/17, RG 4714/2020, RG 5279/22, RG 5295/22 y RG 5305/22



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