ID 22068984 Las fábricas de hebras, ¿deben informar su stock de tabaco acondicionado?
29/09/2017 12:00:00 a.m.
Si, los sujetos que posean en sus depósitos "stock" de tabaco acondicionado, para ser destinado a la elaboración de tabaco en hebras, quedan obligados a informar las existencias a la hora 24 del día 31/12/2017. El plazo establecido para la información será dentro de los 15 días corridos a partir del 01/01/2018, o con anterioridad al traslado o la utilización del tabaco acondicionado en manufactura de tabaco, lo que ocurra primero.
A fin de informar el "stock" de tabaco acondicionado, se deberá ingresar al servicio con clave fiscal "Régimen Tabacalero" > "Gestión de Hebras" > "Stock Inicial de Tabaco Acondicionado" e indicar el "Código de Autorización de Tabaco" (CATA) y los kilos remanentes.