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ID 22136601
¿Cuándo se comercialice "tabaco en hebras" en el mismo estado en el que fue importado corresponde solicitar el "Código de Autorización de Tabaco en Hebras" (CATHE) y el remito electrónico?
02/08/2017 12:00:00 a.m.

Cuando se comercialice tabaco en hebras importado destinado al consumo, que previo a la venta al público minorista no sufra ningún proceso de elaboración y/o fraccionamiento y que se encuentre identificado con los instrumentos fiscales correspondientes (estampillas), no deberá solicitar "Código de Autorización de Tabaco en Hebras" (CATHE) y el remito electrónico, por no encontrarse alcanzadas dichas operaciones por el régimen de la RG 4075/17 - Código de autorización de tabaco en hebras (CATHE). Remito electrónico y Resumen de datos de exportación -.


Fuente: CIT AFIP



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