AFIP - Administraci�n Federal
 ABC - Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas.
Normativa


Buscar en Normativa 
 Busqueda Avanzada

ID 22519764
¿Qué condiciones deberá reunir el plan de facilidades de pago?
04/01/2024 04:12:33 p.m.


El plan de facilidades de pago deberá reunir las siguientes condiciones: 

- Podrá solicitarse hasta el último día del tercer mes posterior a la fecha de registración de la novedad de la exclusión en el "Sistema Registral".

- Se deberá ingresar un pago a cuenta del 2% o del 5%, según el momento de la adhesión al plan.

- La fecha de consolidación de la deuda será la correspondiente al día de cancelación del pago a cuenta.

- Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas.

- El monto del pago a cuenta y de cada una de las cuotas deberá ser igual o superior a $ 1.000.-

- La cantidad máxima de cuotas a otorgar será la equivalente al doble de la cantidad de meses contados desde el período de alta en los tributos del régimen general hasta la fecha de actualización de la novedad de la exclusión en el "Sistema Registral", no pudiendo exceder en ningún caso las 36 cuotas.

- El pago a cuenta y las cuotas se calcularán según las fórmulas que se consignan en el Anexo II de esta resolución general.

- Se podrá solicitar un único plan por período de exclusión.

Para mayor información respecto a la determinación del pago a cuenta y la tasa de interés de financiación aplicada consulte:

ID 22515666 - Evento 4132 - ¿Cuál es la tasa de interés de financiamiento?

ID 22517715 - Evento 4133 - ¿Cómo se determina e ingresa el pago a cuenta?


Para
más información ingresar aquí.



Fuente: Art 4 Resolución General N.º 4166/17



Novedades