ID 22741056 ¿A quienes podrán autorizar los usuarios de faena y/ó los establecimientos faenadores para la gestión de compra de hacienda en pie a nombre de los mismos?
03/05/2018 12:00:00 a.m.
Los usuarios de faena y/o los establecimientos faenadores, deberán autorizar mediante el "Registro", a toda persona humana que sea designada para la gestión de compra de hacienda en pie a nombre de los mismos.
Si el comprador de hacienda fuese la propia persona humana titular de la explotación o establecimiento, no deberá efectuar dicha autorización.