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ID 22747203
¿Cómo se realizan las altas y bajas de los sujetos autorizados para la gestión de compra de hacienda de pie a nombre de los usuarios de faena y/ó de los establecimientos faenadores?
05/03/2018 12:00:00 a.m.

Las altas, así como las bajas -de corresponder- de los sujetos autorizados para la gestión de compra de hacienda de pie a nombre de los usuarios de faena y/o de los establecimientos faenadores, deberán realizarse a través del servicio "Registros Fiscales de Operadores de la Cadena Cárnica", ingresando a la opción Alta y Baja de Autorizados.

Los autorizados deberán poseer CUIL si se encuentran desarrollando la actividad bajo relación de dependencia, o CUIT activa, de corresponder. Asimismo deberán estar autorizados para operar en cada mercado concentrador o feria donde desarrollen la actividad.

Los sujetos que hubieran sido autorizados en el "Registro Fiscal de Operadores de la Cadena de Producción y Comercialización de Haciendas y Carnes Bovinas y Bubalinas", conforme a lo previsto por la Resolución General N° 3.873, se considerarán autorizados en el "Registro Fiscal de Operadores de la Cadena de Producción y Comercialización de Haciendas y Carnes Porcinas".

Si el comprador de hacienda fuese la propia persona humana titular de la explotación o establecimiento, no deberá efectuar dicha autorización.


Fuente: Art. 6 RG 4199/18



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