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ID 22761546
¿Cuándo un contribuyente quedará excluido del "Registro"?
05/03/2018 12:00:00 a.m.

La AFIP excluirá del Registro al responsable cuando:

a) Se encuentre suspendido y una vez finalizado el plazo establecido (60 días corridos desde su notificación), no se hayan subsanado los incumplimientos verificados.

b) Se verifique respecto del sujeto de que se trate alguna de las situaciones previstas en los Apartados B (Controles objetivos practicados en verificaciones y/ó fiscalizaciones) o C (estado del contribuyente en procesos judiciales) del Anexo II.

c) Se constate que los operadores obligados no cuenten con el número de matrícula habilitada ante el (RUCA) y/o número de inscripción ante el (RENSPA) vigente, según corresponda.

La exclusión del responsable por los motivos dispuestos en los incisos a) y c), operarán de pleno derecho.


Fuente: Art. 13 RG 4199/18



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